El procedimiento de derogación de la NTT de Menorca es ilegal y podría ser objeto de impugnación
El Grupo Popular ha advertido hoy que el procedimiento de derogación de la Norma Territorial Transitoria que pretende aprobar el equipo de gobierno del Consell Insular de Menorca nace viciado de nulidad radical, es decir, es ilegal, ya que se fundamenta en una disposición adicional que ha sido recientemente derogada por el decreto urbanístico del Govern, por lo que esta opción no la contempla el ordenamiento jurídico de las Islas Baleares.
Tal como está configurada la Norma Territorial Transitoria de Menorca, y como ha reconocido el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, se trata de un instrumento de ordenación territorial, por lo que puede ser modificado o revisado según los procedimientos que se establecen, no siendo la derogación una posibilidad legalmente prevista.
La Norma Territorial Transitoria es un instrumento excepcional, que prevé un supuesto, un solo supuesto para que finalice su vigencia, que se apruebe definitivamente la revisión o modificación del Plan Territorial Insular, así lo contempla la Ley de Medidas Urgentes para la Ordenación Urbanística Sostenible.
El conseller del Grupo Popular, Adolfo Vilafranca, miembro de la comisión asesora técnica en materia de Urbanismo y Ordenación Territorial, ha manifestado que de difícil manera puede el Consell Insular de Menorca derogar una norma, que además no se puede derogar, por medio de un procedimiento que no existe. ”El nivel de improvisación y de ignorancia del equipo de gobierno es alarmante. Y la descoordinación con el Govern de las Islas Baleares más todavía”, ha dicho Vilafranca quien ha pedido a los miembros del equipo de gobierno del Consell Insular de Menorca que mantengan la Norma Territorial Transitoria, se concentren en aprobar la modificación o revisión del PTI, y no hagan experimentos que solo pueden provocar indemnizaciones económicas importantes porque el procedimiento de derogación de la NTT nace viciado de nulidad y puede ser objeto de impugnación.
El Grupo Popular ha pedido un informe de secretaría en relación a esta cuestión, según el artículo 54.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
Además, el PP denuncia el engaño del Consell Insular de Menorca al anunciar que habrá cabida a la participación en el proceso de derogación de la Norma Territorial Transitoria. La presidenta del Consell Insular de Menorca y el conseller de Ordenación del Territorio han asegurado que buscan la máxima participación y que fruto de las alegaciones podrá ser una derogación parcial y no total. Eso no es cierto, tal como se desprende del expediente:
La memoria (habla de eliminación de la NTT, pág. 11), el informe de la UIB (“no se plantea ningún diseño reformado de la NTT”) y el informe técnico jurídico (“el objeto del documento en trámite es poner fin a la vigencia de la NTT”).
Tal como se ha planteado el expediente se hace imposible que se pueda dar una derogación parcial de la NTT, y, por lo tanto, no hay participación. Además, se desconocen los criterios por los cuales las alegaciones encaminadas a mantener determinados artículos serán aceptadas o desestimadas. “No conviene engañar a la opinión pública ni hacer que la gente se esfuerce en hacer propuestas, que no van a prosperar. No generen más confusión ni más inseguridad jurídica cuando lo que pretenden es derogar totalmente la NTT y devolver plenamente toda la vigencia del PTI de 2003”, ha afirmado Vilafranca.