El Govern sacó a flote un 40% más de deuda defraudada a Hacienda durante el 2012

El diputado del Grupo Parlamentario Popular, Antoni Camps, ha explicado hoy que el hecho de derogar el Real Decreto 1145/2011, de 29 de julio, aprobado por el gobierno de Zapatero, no supondría una medida para luchar contra el fraude fiscal ni contra los paraísos fiscales, tal y como manifiesta la proposición no de ley, presentada por el Grupo Més, que se ha debatido hoy en comisión de Hacienda y Presupuestos del Parlament y que el Grupo Parlamentario Popular ha votado en contra.

 

El portavoz de Hacienda del Grupo Popular en el Parlament ha asegurado que para luchar contra el fraude se deben mejorar las inspecciones, que es lo que hace el Govern a través de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares. Durante el 2012, último año del que hay informe, las actuaciones de regularización en vía de gestión de la ATIB aumentaron un 31,3% su recaudación y en vía de inspección se incrementaron un 68%. En total se ha mejorado más de un 40% el importe de deuda con la administración que ha sido descubierta. En cuanto a delitos fiscales investigados con la Abogacía de la comunidad autónoma, el informe del ATIB dice que la recaudación ha aumentado un 30% respecto al 2011. Además, ha recodado Camps que en las últimas semanas se ha sabido que TUI tendrá que pagar a Hacienda unos 50 millones de euros por fraude fiscal en Baleares, “una demostración de que también se persigue el fraude de los más poderosos y supone la mayor cantidad de dinero recaudada por la Agencia Tributaria de Baleares en una sola causa. Estas son medidas reales contra el fraude fiscal y no lo que se propone en esta proposición no de ley”.

 

Durante su intervención ha querido hacer una serie de observaciones respecto al contenido de la propuesta. En primer lugar, ha argumentado que existe una evidente dificultad para concretar qué estados o territorios son paraísos fiscales. De hecho, puede pasar que para España un territorio tenga la consideración de paraíso fiscal y en cambio, la OCDE, no lo considere.

 

España, según la Ley 36/2006, considera paraíso fiscal a aquellos territorios que así se designen reglamentariamente, de forma que si se firma un Convenio Internacional para evitar la doble tributación con cláusula de intercambio de información tributaria estos territorios dejarían de ser paraíso fiscal. Según un listado de un Real Decreto de 1991 habría 48 territorios considerados paraísos fiscales y que, debido a convenios internacionales posteriores, se reduciría este número a unos 34. Así, se da la paradoja que las Bahamas no son consideradas paraíso fiscal, a pesar de no pagar IVA, ni impuestos de renta de personas físicas ni jurídicas, y en cambio, las Malvinas, sí se consideran paraíso fiscal, a pesar de que sus empresas y ciudadanos tienen que pagar impuestos de entre el 21 y el 26% de su renta.

 

En segundo lugar y en referencia a la exposición de motivos de la proposición en la que dice textualmente “aquesta normativa a la pràctica ha suposat una exempció d’impostos en la compra de bonus del tresor i altres productes financers públics si es produeixen des dels paradisos fiscals”, Antoni Camps ha expuesto que el Real Decreto 1145/2011 lo que hace es que no se apliquen retenciones en los rendimientos de los valores que estén registrados originariamente en una entidad de compensación y liquidación de valores domiciliada en territorio español y que sus titulares sean no residentes en territorio español o residentes españoles que sean sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades.

 

Ha añadido que tampoco se aplican retenciones a los rendimientos de los valores registrados originariamente en entidades que gestionan sistemas de compensación y liquidación de valores con sede en el extranjero, siempre que estén reconocidas por la normativa española o por algún país de la OCDE, sean sus titulares residentes o no.
Por lo tanto, “no es lo mismo estar exento de un impuesto a que no se aplique una retención, y no es lo mismo no ser residente en España a ser de un paraíso fiscal, son dos cosas totalmente distintas y conviene por lo tanto, remarcar esta diferencia y esta confusión, ya sea por ignorancia o por malicia, que aparece en la exposición de motivos”.

 

Camps ha vuelto a poner como ejemplo la situación que se da entre las Bahamas y las Malvinas, por lo que manifiesta que “las cosas están bien o mal, independientemente de que sean paraísos fiscales o no, por lo que la proposición es incompleta y parcial”.

 

Por otro lado, ha remarcado que la derogación o no del Real Decreto no supone ninguna medida ni a favor ni en contra de la lucha contra el fraude fiscal. “El hecho de que un capital procedente de un fraude fiscal, de no residentes, no se pueda utilizar para comprar valores, bonos u obligaciones del Estado, ¿en qué favorece a la lucha contra el fraude? El fraude cometido es anterior”.

 

 

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