PSM y PSOE rechazaron ayer la propuesta del PP para contar con todas las garantías ambientales en el dragado del puerto de Mahón

La diputada del Grupo Parlamentario Popular, Eulàlia Llufriu, lamenta las declaraciones tergiversadas y manipuladas del diputado del grupo MÉS, Nel Martí, tras la votación ayer de una Proposición No de Ley, relativa al dragado del puerto de Mahón y al convenio de Londres.

 

Durante la comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Grupo Parlamentario Popular presentó una propuesta de acuerdo que dictaba “El Parlament de les Illes Balears pide a la Autoridad competente que, dentro del marco del Convenio de Londres, el Dragado del Puerto de Mahón se haga con todas las garantías ambientales posibles y de salud para las personas”. Dicha propuesta se presentó con el objetivo de acordar una proposición “absolutamente objetiva y aclaratoria” para que los trabajos de dragado se realicen con todas las garantías.

 

Dicha propuesta fue rechazada tanto por el grupo MÉS como por el grupo socialista y tanto Nel Martí, como Damià Borràs, obviaron dar esa información a los medios de comunicación, en cambio sí se habló de “indignación al ver como se menosprecia la voluntad de Menorca cuando ésta llega al Parlament Balear”.

 

Eulàlia Llufriu ha manifestado que el Grupo Popular presentó una propuesta con el fin de “cerrar la puerta a posibles interpretaciones y eliminar cualquier sombra de duda” sobre las intenciones del PP en los trabajos del dragado. El problema –ha dicho la diputada menorquina- es que “los miembros de la oposición insisten en gobernar desde la oposición y en criticar todo aquello que presenta el Partido Popular, buscan la mínima ocasión para crear alarma social y en ningún caso lo hacen con la intención de llegar a algún acuerdo, de lo contrario ayer hubieran intentando pactar, cosa que no hicieron”.

 

Llufriu ha recordado que en todo momento se ha actuado tal como marca la normativa vigente, bajo las mismas pautas que han seguido el resto de puertos españoles, con todos los informes y autorizaciones pertinentes, todo sometido a exposición publica, incluso se han hecho 3 jornadas explicativas. “El dragado con presencia de sustancias contaminantes puede tener repercusiones negativas para el medio ambiente si no se hace con las adecuadas condiciones de seguridad pertinentes”, ha dicho la diputada.

 
En este sentido y siguiendo las Directrices de los Convenios Internacionales de Protección del Medio Marino, de los que España es Parte Contratante (Londres, Ospar y Barcelona), en 1.994 se acordó entre los diferentes organismos competentes las “Recomendaciones para la Gestión del Material Dragado en los puertos españoles“, que incorporan un mecanismo adecuado para la caracterización de tales materiales, y los criterios para decidir si resultan o no susceptibles de verter al mar.

 

Hay que señalar que, en cuando a la gestión del material de dragado, los Convenios Internacionales establecen de forma genérica los criterios necesarios a la hora de valorar el vertido del material de dragado, una vez descartada la posibilidad de usos productivos, y estos criterios están igualmente contemplados, en las recomendaciones establecidas por el CEDEX.
En cuanto al Protocolo de 1996 (enmendado en 2006 y ratificado por España BOE nº 77, 31/3/2006), relativo al Convenio de Londres de 1972, cabe señalar que se especifica una jerarquía para las opciones de gestión de residuos en general (no específico de material de dragado) en el art. 5 del Anexo II.

 

No obstante, se entiende que por encima de este protocolo general, están las directrices que promulgó el Tratado de Londres para la gestión de material dragado en el año 2.000, y que en el apartado 3.5 (Opciones de gestión) dice “debería rechazarse el permiso para el vertido de deshechos u otras materias cuando la autoridad que lo expida determine que existen posibilidades de reutilización, reciclaje o tratamiento de los deshechos  sin que ello entrañe riesgos indebidos para la salud del hombre o el medio ambiente, o costes desmesurados. La disponibilidad práctica de otros medios de evacuación se debería tener en cuenta en función de la evaluación comparada del riesgo que entrañan tanto el vertido como las otras alternativas”.
En el caso del puerto de Mahón se han realizado todos los estudios requeridos por las administraciones encargadas de expedir la autorización tanto del dragado domo del vertido.

 

El estudio de alternativas para la gestión de los materiales procedentes del dragado del puerto de Mahón, así como el cumplimiento de las recomendaciones y convenios internacionales en materia de gestión de materiales procedentes de dragados (entre los que se encuentra el Convenio de Londres) se hizo, de forma implícita o explicita, desde el planteamiento inicial del proyecto; analizando todas las opciones posibles y razonables.

 

El proyecto dispone de de las medidas y garantías ambientales y de salud para las personas, de acuerdo con las diferentes administraciones competentes en materia de Pesca, Costas y Medio Ambiente, que han informado favorablemente y autorizado el proyecto entendiendo que se dispone de todas las garantías ambientales y de salud para las personas.

 

 

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